DECRETO DEL 18 DE SEPTIEMBRE DE 1935

Las atribuciones profesionales de los ingenieros industriales vienen reguladas por el Decreto del 18 de septiembre de 1935. Este Decreto, a pesar de su antigüedad, no ha sufrido modificación alguna, siendo el único texto legal que sirve de base para la interpretación de las atribuciones de los ingenieros industriales.

DIFICULTAD

Es patente la dificultad que en ocasiones se presenta para fijar la frontera y límites exactos de las competencias de los técnicos superiores siendo necesario en muchos casos que sea la función judicial la encargada de dirimir los problemas planteados. Como consecuencia de ello, ha sido esa función judicial a través de la jurisprudencia la que ha marcado diversas pautas indicativas para resolver estos problemas.

LEYES

Posteriormente se han publicado nuevas Leyes que limitan algunas de las competencias de los ingenieros industriales, como el caso de la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) que no reconoce como técnicos competentes a los ingenieros industriales en proyectos de edificación de uso administrativo, sanitario, religioso, residencial en todas sus formas, docente y cultural. No obstante, los ingenieros industriales sí que son competentes para la realización de cualquier tipo de proyecto de edificación no especificado anteriormente.

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